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Propuesta de modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-141-SSA1/SCFI-2012 para un correcto manejo y uso en cosméticos de filtros de UV minerales, cuyo principio activo contiene nanopartículas de Óxido de Zinc (ZnO) y dióxido de titanio (TiO2)
La nanotecnología ha modificado el panorama científico y tecnológico durante las últimas décadas, pues esta permite manipular la materia a una escala muy pequeña que va de 1 a 100 nanómetros, lo que ha derivado en la creación y desarrollo de materiales con propiedades fisicoquímicas únicas y con aplicaciones en diversas industrias como la farmacéutica, cosmética, alimentaria y electrónica. Sin embargo, su veloz y creciente desarrollo ha superado la creación de regulaciones que promuevan un elemento ético en el uso de estos materiales. En México, esta regulación ha sido casi nula, provocando preocupaciones a nivel académico e industrial, ya que no existe un marco normativo obligatorio y sólido que regule de manera específica la interacción de nanomateriales, desde su producción hasta la disposición final. Las normas mexicanas actuales, como la NMX-R-13830-SCFI-2020, son de carácter voluntario y blando, además de tener poco impacto para la regulación y protección sanitaria hacia los consumidores, por otro lado, las Normas Oficiales Mexicanas, que sí son duras y obligatorias, no contemplan todavía los productos nanotecnológicos, generando un vacío regulatorio que carece de la evaluación de los riesgos asociados a la exposición de nanomateriales. Para el singular caso de los productos cosméticos, particularmente los protectores solares minerales, el uso de nanopartículas de dióxido de titanio y óxido de zinc se ha vuelto común por su eficacia en contra de la radiación ultravioleta, sin embargo, al tener mayor reactividad química, estas nanopartículas pueden interactuar de una manera inadecuada en los sistemas biológicos, con la posibilidad de generar efectos toxicológicos no deseados si no se controlan de manera adecuada. En regiones como la Unión Europea, se han establecido regulaciones claras como en el Reglamento (CE) N°. 1223/2009, que exige la inclusión del término [nano] en el etiquetado, con características como límite de concentración y evaluaciones de seguridad previas a su comercialización. En contraste, México carece de una normativa similar, causando desventajas competitivas y posibles riesgos para la salud. Por lo tanto, la propuesta de este trabajo de investigación consiste en la propuesta de la actualización de la NOM-141-SSA1/SCFI-2012, la cual regula el etiquetado sanitario y comercial de productos cosméticos preenvasados, para incluir requisitos específicos para el uso de los nanomateriales de ZnO y TiO2 en protectores solares para su uso cosmético. Sugiriendo la importancia de incorporar la figura de responsable sanitario, la obligación de notificar a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) antes de comercializar los productos con nanopartículas, y la declaración detallada de ingredientes activos [nano] en el etiquetado. Tomando como conjunto que estas medidas pueden fortalecer la seguridad del consumidor al promover la transparencia industrial en México.
Palabras clave: Bloqueadores solares minerales, Cosmética, Nanomateriales, Regulación de nanomateriales.



